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¿Mutualista de MUFACE?

Si formas parte de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado puedes leer en el siguiente enlace todo el concierto de mutualista de con toda la información relativa a la cobertura y prestación del servicio…

 

¿Mutualista del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)?

Puedes leer en el siguiente enlace toda la información relativa a la cobertura y prestación del servicio: 

MUGEJU: Mutualidad General Judicial

Toda la información y cobertura del servicio: 

 

Información para mutualistas

¿Quién puede llamar?

 El propio paciente.
 El padre o madre si se trata de un menor.
 Cualquier acompañante que esté con el paciente en el momento de la urgencia.

¿Qué información facilitar?

 Nombre completo del paciente.
 Edad.
 DNI y/o número de tarjeta Adeslas.
 Dirección exacta donde se encuentra el paciente.
 Número de teléfono de contacto disponible.
 Síntomas y hora de comienzo.

¿Para qué puedo llamar?

 Recibir asesoramiento médico.
 Envío de médico a domicilio.
 Traslado en ambulancia al hospital o centro médico de urgencia concertado más cercano.
 Envío de UVI medicalizada al domicilio del paciente y posterior traslado al servicio de urgencias hospitalario concertado más cercano.

¿Cuándo debo llamar?

 Requiero orientación sobre la situación clínica en que me encuentro.
 Para elegir el recurso más adecuado en función de los síntomas y circunstancias.
 Cuando el paciente presente alguno de los siguientes cuadros: Pérdida súbita de conciencia, dificultad respiratoria (disnea), dolor torácico, hemorragia, pérdida súbita de movilidad de una o más extremidades, desorientación témporo-espacial súbita, traumatismo cráneo encefálico, parada cardiorrespiratoria, dolor súbito de cabeza y cuello, crisis hipertensiva, hipoglucemia en diabéticos o quemadura extensa.

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